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12/5/2025
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Ciudadanos no son víctimas directas de corrupción, considera jueza estatal

Togada Wandy Labra Galván otorga razón a Fiscalía Anticorrupción y al gobierno estatal para negar acceso a carpeta en denuncia por el mal manejo de recursos entregados a Concamin

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    Pese a que la corrupción está considerada uno de los mayores flagelos del país, autoridades consideran que el mal uso de los recursos públicos no afecta “directamente” a los ciudadanos; así se desprende de un juicio de tutela de derechos por la presunción de mal uso de recursos públicos en los subsidios entregados por el gobierno estatal a la organización Concamin Bajío, expuesto en investigaciones periodísticas. 

    En el caso, que incluye los 44 millones de pesos de recurso público otorgados para construir la Torre Concamin, de los que casi 20 millones fueron destinados a contratar a la empresa del dirigente de la cámara empresarial, denunciado formalmente por el periodista Arnoldo Cuéllar, la jueza Wandy Liliana Labra Galván y la Fiscalía del Estado le negaron la calidad de víctima indirecta y con ello a tener acceso a los pormenores del proceso por parte de la Fiscalía Anticorrupción del Estado.

    La juzgadora argumentó que la afectación de la corrupción no es concreta, sino abstracta, en el sentido de que un ciudadano común, aunque contribuye con sus impuestos, no tiene un daño directo en su patrimonio, libertad, domicilio o cualquier otro derecho, para reconocerlo como víctima de corrupción en la administración pública en la carpeta de investigación 101017/2025. 

    Panorámicas de la Torre Concamin Bajío. (El romance de Diego)

    Panorámicas de la Torre Concamin Bajío. Fotos: Juan José L. Plascencia.


    En esto coincidieron los representantes del Gobierno del Estado y la Fiscalía General del Estado, esta última autoridad que en primera instancia marginó al denunciante de la investigación.

    “Implicaría darle intervención —en la investigación— a cualquier ciudadano que haya pagado impuestos, y claro que significaría eso no solamente darle acceso a la carpeta de investigación, pudiendo afectar cautela, reserva, sino dándole la posibilidad de que puedan impugnar lo que el Ministerio Público resuelva. No solamente la final, sino cualquier determinación que tome: expedir copias, proponer realizar un acto de investigación, girar un oficio… pueden impugnar cualquier cosa, porque se les da el carácter de ofendidos o de víctimas.”

    “Eso haría el proceso interminable. Por eso hay que reconocer quién realmente tiene ese carácter, y bajo esa afirmación que fue la que se me planteó sobre la mesa, de que le corresponde ese carácter porque pagó impuestos, no tiene una afectación concreta a sus bienes jurídicos”, señaló la jueza en una audiencia virtual, realizada el pasado 10 de octubre.

    Previamente, el Ministerio Público notificó a Arnoldo Cuéllar que no cumplía con los requisitos legales para ser considerado como víctima, al no poseer “interés jurídico directo” en el presunto daño patrimonial al Estado. Por este motivo, el periodista —parte del equipo, que investigó las irregularidades relacionadas con la administración de Diego Sinhue Rodríguez Vallejo a favor del empresario Ismael Plascencia Núñez, presidente de la Concamin Bajío— pidió a la autoridad judicial revocar la decisión del Ministerio Público.

    El mismo día de la audiencia, el Gobierno del Estado dio a conocer el despido de Froylán Salas Navarro, subsecretario para el Desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) de la Secretaría de Economía, operador directo de la autorización, entrega y supervisión del dinero a la confederación.

    Niega Fiscalía calidad de víctima 

    Durante una audiencia penal celebrada recientemente, el abogado Roberto Saucedo Pimentel, representante de Arnoldo Cuéllar Ornelas, ciudadano denunciante en un caso de presunta corrupción, pidió a una jueza penal el reconocimiento como víctima u ofendido en la carpeta de investigación 101017/2025. 

    Esto, luego de que la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del estado de Guanajuato le negara tal calidad y con ello, el acceso al expediente, participación en el proceso y derecho a ofrecer pruebas.

    De acuerdo con lo expuesto en la audiencia, Cuéllar presentó el pasado 14 de agosto una denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción por el presunto uso indebido de 184 millones de pesos de recursos públicos durante el periodo 2018-2024, durante la administración del exgobernador Diego Sinhue Rodríguez Vallejo. 

    Estos fondos habrían sido canalizados a través de organizaciones civiles vinculadas con la Concamin Bajío, presidida por el empresario leonés Ismael Plascencia Núñez y utilizados para fines distintos a los autorizados. El caso incluye irregularidades como autocontratación, conflicto de interés, falta de auditorías y opacidad en el manejo del dinero público en la construcción de la Torre Concamin, en León.

    Entre los gastos cuestionados se mencionan 1.5 millones en mobiliario, un millón en artesanías de lujo, 160 mil pesos en brincolines, 24 mil en cremas faciales y 16 mil en bebidas alcohólicas. Asimismo, una plataforma digital llamada Biz GTO que recibió 9.9 millones de pesos, supuestamente para fortalecer unidades económicas, aunque solo reportó 50 beneficiarios reales.

    El 25 de septiembre, la Fiscalía notificó a Cuéllar que, a su juicio, no cumple con los requisitos legales para ser considerado víctima, argumentando que no posee un “interés jurídico directo”, ya que el presunto daño patrimonial afecta al Estado y no a él como persona individual.

    Inauguración Torre Concamin Bajío (El romance de Diego)

    Inauguración Torre Concamin Bajío. Foto: Gobierno del Estado


    El abogado del denunciante rebatió esa postura, señalando que la negativa de la Fiscalía viola el derecho al acceso a la justicia, el derecho a la verdad y el principio pro persona, consagrados en la Constitución, en tratados internacionales y en la Ley General de Víctimas. 

    “Prácticamente, hoy se nos invita: ‘Vengan, denuncien, participen, no se dejen’ Cuando llegamos a la instancia nos dicen ‘Gracias por participar’ y ya puede usted irse a su casa. “Oiga, ¿qué sigue?” No le puedo decir nada, ¿le puedo traer pruebas?, si puede traer pruebas, pero no le puedo decir si las admití o no las admití, las desahogué, no las desahogué. Esa es la realidad con lo que estamos viviendo señoría y sistemáticamente, a pesar de que tenemos una fiscalía especializada en lucha anticorrupción, este es el criterio que están aplicando”, lamentó Saucedo Pimentel durante la audiencia y dijo que con esta postura, la Fiscalía determinó que el denunciante ya no tendría acceso a la carpeta de investigación ni podría ser informado sobre los avances. 

    El representante legal citó al menos seis agravios entre los que destacó la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, ratificada por México, obliga al Estado a fomentar la participación activa de la ciudadanía en la lucha contra este delito y jurisprudencias recientes que reconocen la posibilidad de que un denunciante sea considerado víctima cuando los actos denunciados afectan derechos fundamentales. 

    Por ello, el abogado solicitó la revocación de la negativa del Ministerio Público a reconocer a Cuéllar Ornelas como víctima u ofendido del delito y ordenar a la Fiscalía garantizar su participación efectiva en la investigación. 

    “Los hechos de corrupción denunciados que ascienden a más de 184 millones de pesos son recursos públicos que pertenecen a los guanajuatenses. Todos los aquí presentes vivimos en este estado. Todos aportamos. El señor Arnoldo Cuéllar no actuó por un interés político ni mediático, actuó como un ciudadano que exige legalidad, transparencia, rendición de cuentas”, recalcó Saucedo a la jueza. 

    “No hay afectación directa ni interés jurídico”, sostiene Fiscalía

    Durante la audiencia del pasado 10 de octubre, el representante del Ministerio Público, Omar López Martínez, reiteró ante la jueza que Arnoldo Cuéllar no cumple con los requisitos legales para ser reconocido como víctima, porque no existen datos de prueba que demuestren una afectación directa a sus derechos fundamentales. Dijo que los requisitos establecidos para ello están descritos en el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley General de Víctimas del Estado.

    La Fiscalía sostuvo, además, que no existe interés jurídico —es decir, la posibilidad de intervenir legalmente en un proceso penal—, ya que se requiere que la persona cuente con un derecho subjetivo lesionado, es decir, uno propio y particular, lo que no ocurre en el caso de Cuéllar.

    “Un ambiente libre de corrupción no constituye por sí un derecho humano, sino que obedece a una concientización del fenómeno de la corrupción que sí trasciende a la vigencia de los derechos humanos, aunque no en el campo individual, señoría, sino como una expectativa de tutela”, subrayó el fiscal.

    Insistió en que el reconocimiento como víctima debe estar relacionado con un daño físico, emocional o patrimonial como consecuencia directa de un delito, y consideró que haber contribuido al erario público mediante el pago de impuestos no implica automáticamente tener calidad de víctima.

    El Ministerio Público sostuvo que la negativa no transgrede el derecho a la verdad ni es un acto de discriminación, así como tampoco se viola el derecho del ciudadano a participar en el combate a la corrupción. Resaltó también que las investigaciones requieren una secrecía y, en ese sentido, dijo que la determinación del Ministerio Público estuvo relacionada con este aspecto.

    El representante del Gobierno del Estado, Jesús Ricardo Patlán López, coincidió con los argumentos. Dijo que la investigación de los delitos es exclusivamente una facultad del Ministerio Público, aunque existe una obligación de la ciudadanía de denunciar actos de corrupción. Aunque el representante legal del Gobierno fue César Adrián Rosales Chávez, este delegó dicha responsabilidad a Patlán López durante la audiencia.

    Reconoció que estos hechos afectan a todas las personas, pero dijo que no por ello se debe reconocer la calidad de víctima, pues no existe afectación a algún bien jurídico.

    “No acreditan un daño personal, directo, actual. La afectación es al Estado; el bien jurídico es, propiamente, el Estado y el patrimonio estatal. Por lo tanto, no deben tener ningún derecho procesal, no deben tener ningún derecho de acceso a la investigación, no se les debe dar ningún dato sobre el estatus del procedimiento ni la posibilidad de impugnar las determinaciones del Ministerio Público”, mencionó.

    La defensoría pública consideró que la única intervención que podría tener Cuéllar Ornelas en la investigación sería como testigo, y pidió considerar infundada la solicitud del periodista.

    Además de Roberto Saucedo, el denunciante presentó a dos asesores jurídicos más: los abogados Alejandro Juárez Ramírez y Francisco Javier Ramírez Ramírez. Este último reiteró la existencia de una violación del derecho a la verdad al limitar la participación de Arnoldo Cuéllar en la investigación.

    Consideró que la interpretación del Ministerio Público respecto a este derecho es limitada, e incluso “romanizada”.

    “Esto si atendemos a que, en este estado, anualmente se inician más de 170 mil carpetas de investigación, de las cuales ni siquiera llegamos al 2 % de la totalidad de los asuntos que llegan a una resolución final, agotándose todas sus etapas”.

    “¿De qué habla todo esto? De la gran impunidad que existe en este estado. ¿Qué es lo que se advierte? Bueno, precisamente, limitar, violentar ese derecho a la verdad del denunciante”, cuestionó, y pidió a la jueza hacer una interpretación extensiva de la legislación relacionada con el tema.

    Además, contextualizó que la denuncia sobre las irregularidades se presentó durante el mes de agosto y que tuvieron que transcurrir al menos 12 semanas para someter a discusión la calidad de víctima del denunciante.

    “Advierto un desprecio por el derecho a la verdad. Nos hemos acostumbrado, nos hemos callado, pero creo que todos los guanajuatenses tenemos que despertar y anhelar lo que viene haciendo el denunciante”, agregó.

    “Es una afectación abstracta, no concreta”: jueza niega acceso a investigación

    La jueza Wandy Liliana Labra Galván aceptó los argumentos del Ministerio Público relacionados con las afectaciones jurídicas necesarias para que una persona pueda ser reconocida como víctima de un delito, y resolvió no reconocer al periodista Arnoldo Cuéllar como tal en la carpeta de investigación sobre el presunto desvío de recursos públicos relacionados con la Concamin.

    La juzgadora reafirmó que la calidad de ofendido solo puede otorgarse cuando una persona ha sufrido un daño físico, una pérdida financiera o un menoscabo en sus derechos fundamentales.

    Explicó que el razonamiento planteado por los asesores jurídicos de Cuéllar Ornelas —que, como ciudadano y contribuyente del Estado, tiene derecho a intervenir por tratarse de recursos públicos— no cumple con esos criterios legales.

    “Eso no significa un daño físico, una pérdida financiera o un menoscabo en sus derechos fundamentales. El titular de este bien jurídico en los asuntos de corrupción es el erario público, no un particular en concreto… A él esto no le genera ningún daño de manera concreta en sus derechos”.

    “No es una situación concreta, es una situación abstracta. No le afecta de manera directa en su esfera de derechos. A quien le afecta es al erario público”, recalcó.

    Labra Galván consideró que reconocer lo contrario implicaría abrir la puerta a que cualquier ciudadano que paga impuestos pueda intervenir en investigaciones penales con el carácter de víctima. Señaló que eso atentaría contra la cautela y reserva que debe mantener el Ministerio Público durante las investigaciones.

    “Implicaría darle intervención a cualquier ciudadano que haya pagado impuestos y, claro, ¿qué significaría eso? No solamente darle acceso a la carpeta de investigación, pudiendo afectar cautela y reserva, sino dándole la posibilidad de que puedan impugnar lo que el Ministerio Público resuelva. No solamente la final, sino cualquier determinación que tome: expedir copias, proponer realizar un acto de investigación, girar un oficio... pueden impugnar cualquier cosa, porque se les da el carácter de ofendidos o de víctimas… eso haría el proceso interminable”, subrayó.

    La jueza también señaló que el hecho de que una persona presente una denuncia por corrupción o tenga la intención de conocer la verdad en un caso de este tipo no le otorga el derecho automático de ser reconocido como víctima: “No hay argumento jurídico para ello”.

    Pidió al afectado buscar alternativas en otras materias legales para poder colaborar o dar seguimiento a la investigación.

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    Imagen: Juan José L. Plascencia.


    El periodista y denunciante, Arnoldo Cuéllar, lamentó que, pese a la gravedad de los señalamientos, ninguna autoridad estatal haya tomado la iniciativa de investigar de manera oficiosa el tema, sino hasta que fue denunciado públicamente a través de una investigación periodística.

    Señaló que ni la Fiscalía Anticorrupción, ni la Auditoría Superior del Estado, ni la Secretaría de la Honestidad han actuado de forma proactiva para verificar si los programas beneficiados con recursos públicos cumplieron con sus objetivos, o si los entregables presentados por las asociaciones civiles son suficientes para justificar el uso de los fondos.

    “Es cuando presentamos esta denuncia que empiezan a activarse algunas cuestiones, y parece ser que es hasta que pedimos la condición de víctimas para poder seguir coadyuvando en la investigación, que se presenta el Gobierno del Estado como víctima para tratar de participar en la investigación, y ahora vemos que para tratar de excluir a los ciudadanos”, concluyó.

    El mismo día de la audiencia, la Secretaría de Economía del Gobierno del Estado informó sobre el cese de Froylán Salas Navarro, subsecretario para el Desarrollo de las MIPyMES, quien es investigado por los delitos de abuso de autoridad y tráfico de influencias.

    A través de un comunicado, la Secretaría de Economía notificó la baja y anunció a Raúl Fabricio Ibarra Rocha, como encargado de despacho, además se notificó sobre la realización de una auditoría por parte de la Secretaría de la Honestidad, pero como un proceso ordinario. 

    21 de octubre de 2025, 00:00

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