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12/5/2025
Fichan a Navarro por violencia política de género; comprueban tribunales agresión a regidora

Fichan a Navarro por violencia política de género; comprueban tribunales agresión a regidora

Sentencia del TEEG obliga al alcalde y al Ayuntamiento capitalino a ofrecer disculpa y tomar cursos de sensibilización, luego de excluir a representante de Fuerza por México de comisiones

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    Alejandro Navarro, alcalde de Guanajuato, quedará anotado en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género del INE por haber obstaculizado derechos político-electorales de la regidora Carolina Valadez.

    Esta es la sentencia que emitió el Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato (TEEG) a un juicio de protección de los derechos político-electorales promovidos por la regidora del Partido Fuerza por México.

    La resolución incluye a todos los miembros del ayuntamiento, a quienes también les atribuye responsabilidad y les ordena tomar cursos de sensibilización en la materia, además de ofrecer una disculpa pública.

    Foto: Especial
    Foto: Especial

    La decisión fue tomada por los magistrados después de que la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al tribunal local una nueva revisión del caso, porque previamente había resuelto que la violencia contra la funcionaria municipal no se había acreditado.

    La regidora denunció que desde el inicio de la administración se le excluyó en la integración del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios, además de que no fue convocada a la sesión de instalación del Ayuntamiento el 10 de octubre.

    La sentencia también deja sin efectos algunos acuerdos tomados por el ayuntamiento en la sesión ordinaria del 10 de octubre de 2021, esto es la sesión de instalación. El registro del alcalde en el listado de los agresores quedaría por cuatro años.

    Ayuntamiento violentador debe ofrecer disculpas

    La resolución del Tribunal Electoral reconoce que el ayuntamiento de Guanajuato y el alcalde Alejandro Navarro, ejercieron violencia política en razón de género contra la regidora Carolina Valadez y les ordena ofrecerle una disculpa pública.

    Sin embargo, la inscripción al Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género del Instituto Nacional Electoral quedó solo establecida para Navarro Saldaña.

    A los integrantes del ayuntamiento les ordena tomar cursos de sensibilización en materia de género y como órgano colegiado, a ofrecer una disculpa a la funcionaria por obstaculizar la función de su cargo.

    Foto: Especial regidora Carolina Valadez
    Foto: Especial regidora Carolina Valadez

    La sentencia señala que el presidente municipal como el ayuntamiento, cada uno por su cuenta, dentro de los tres días siguientes a que haya quedado firme el acuerdo, deberán expresar una disculpa pública a la afectada en los estrados, tablero de avisos o espacio físico en donde se hagan públicas y visibles a la ciudadanía en general las decisiones del ayuntamiento.

    Esto también deberá publicarse en estrados digitales, es decir en la página de internet. El acuerdo fue tomado por unanimidad por los tres magistrados: Yari Zapata López, María Dolores López Loza y Alejandro Javier Martínez Mejía.

    Aunque la propuesta de resolución y el estudio estuvo a cargo de éste último, magistrado por ministerio de ley de la tercera ponencia.

    “Estos acontecimientos se consideran como obstáculos al ejercicio del cargo de regidora que ostenta la actora pues se reitera que en dicha sesión se abordaron mayores temas que los contemplados en el artículo 41 de la Ley orgánica Municipal, lo que entonces ameritaba un conocimiento y estudio previo para debatirlos y decidirlos… se estima indebida la exclusión de la regidora del comité en cuestión”, fundamentó el magistrado en la resolución.

    Añadió que la violencia política contra las mujeres en razón de género quedó comprobada en diversos actos y se determinaron las sanciones para restituir a la afectada en su derecho político-electoral vulnerado. La regidora fue incorporada al comité de adquisiciones desde el pasado 3 de febrero, después de una primera resolución del TEEG.

    “El proyecto contempla vincular al ayuntamiento para que quienes lo integran tomen cursos orientados a la promoción y protección de los derechos de las mujeres, además de emitir una disculpa pública y en particular la inscripción del presidente municipal en el Registro de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género”, señala la sentencia.

    Navarro quedaría fichado en este registro por cuatro años, pues los magistrados consideraron que la conducta que cometió fue por una falta ordinaria.

    Foto: Especial Alejandro Navarro, presidente municipal
    Foto: Especial Alejandro Navarro, presidente municipal

    Aunque el acuerdo fue aprobado por unanimidad, la presidenta del tribunal emitió un voto concurrente por su desacuerdo en la forma en que se realizó el estudio para determinar las sanciones, no obstante, se pronunció de acuerdo con las conclusiones.

    Además consideró que el ayuntamiento no cometió violencia de género, pero sí obstaculizó la función de la regidora.

    Reprende Sala Regional a TEEG por resoluciones

    En enero, el Tribunal Estatal Electoral resolvió a favor de la regidora Carolina Valadez, un juicio para la protección de los derechos político-electorales, por la obstaculización de su función, pero no por violencia política en razón de género.

    Los magistrados locales consideraron que el alcalde Alejandro Navarro Saldaña excluyó a la regidora de Fuerza por México de la conformación del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios, un órgano en el que legalmente se debe incluir a todas las fuerzas representadas en el Ayuntamiento. Otro agravio señalado por la funcionaria fue que el ayuntamiento no le envió la convocatoria a la sesión de instalación del Pleno, el 10 de octubre del año pasado.

    El tribunal acreditó que los reclamos sí son contrarios a la normativa municipal, pero negó que recayeran en violencia política en razón de género. La determinación señala una obstaculización a Carolina Valadez para el ejercicio de su cargo y declararon medidas de reparación de daños.

    Al presidente municipal y al Ayuntamiento se le ordenó incorporar a la regidora al Comité y entregarle toda la información generada desde octubre hasta la fecha; además le ordenó garantizar medidas de no repetición, en este sentido.

    Foto: Especial sesión Sala Regional Monterrey
    Foto: Especial sesión Sala Regional Monterrey

    Sin embargo, la funcionaria impugnó el fallo y llevó su caso a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. El mismo asunto había sido turnado antes a la misma instancia, de acuerdo con el magistrado Yairsinio García Ortiz.

    “Se les notifica que en el año 2020 hubo una reforma integral en materia de violencia política por razón de género y que esa reforma que modificó nueve leyes en términos generales, entre ellas la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia... esto nos tiene que generar una nueva perspectiva de análisis de las conductas que se denuncian o se ponen en consideraciones de las autoridades jurisdiccionales como violencia política por razón de género, en este caso a pesar de que se regresó en una primera ocasión el asunto para efecto de un análisis integral de las conductas se realiza este bajo la perspectiva y la óptica”, explicó en marzo el juzgador.

    Como titular de ponencia en la Sala Regional, el magistrado Yairsinio García Ortiz revocó la resolución del TEEG que se negó a reconocer la violencia de género y pidió volver a revisar el asunto, con perspectiva de género.

    Explicó también que se violentó el principio de debida fundamentación y motivación y se revirtió la carga de la prueba, esto es pedir elementos a la denunciante para comprobar los hechos que acusó.

    Foto: Especial
    Foto: Especial

    García Ortiz consideró que el tribunal local debió considerar resoluciones ya tomadas por la Sala Superior relacionadas con violencia de género y fue acompañado en su postura por unanimidad del Pleno.

    De acuerdo con el artículo 20 TER de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la violencia política contra las mujeres se define como “Impedir, por cualquier medio, que las mujeres electas o designadas a cualquier puesto o encargo público tomen protesta de su encargo, asistan a las sesiones ordinarias o extraordinarias o a cualquier otra actividad que implique la toma de decisiones y el ejercicio del cargo, impidiendo o suprimiendo su derecho a voz y voto", lo que sucedió en el caso de Carolina Valadez.

    Actualmente, la administración municipal está integrada por nueve mujeres y seis hombres, incluido el alcalde. De las nueve regidoras, cinco son de partidos diferentes a Acción Nacional, pues hay funcionarias de Morena, PRI, Movimiento Ciudadano y Fuerza por México.

    Navarro, ¿violencia reincidente?

    En contra del presidente municipal existe el antecedente de otra denuncia por violencia política de género presentada por la regidora Paloma Robles Lacayo. En su caso, el Tribunal determinó una amonestación pública a un medio de comunicación, pero no al alcalde.

    Sin embargo, Paloma Robles declaró sentir “todo el tiempo” la violencia que se ejerce desde el ayuntamiento, con agresiones simbólicas y descortesías.

    “En realidad lo siento todo el tiempo, advierto que hay violencia simbólica, descortesía, por ejemplo desde la configuración de las comisiones del ayuntamiento se violó el artículo 80 de la Ley Orgánica Municipal que dice que para la propuesta que emita el presidente deberá considerar la experiencia, profesión y vocación de los ediles y escuchar su opinión y aunque yo hice pública mi intención de incorporarme en determinadas comisiones en función de mi perfil, de seis comisiones que pedí, solo se me permitió participar en una”, señaló cuando se dio la primera resolución a favor de la regidora de Fuerza por México en enero.

    Relató incluso que durante una ceremonia del Fuego Simbólico realizada en la Alhóndiga de Granaditas, cuando se disponía a ocupar un asiento en la primera fila y el alcalde le dijo que él se iba a sentar en el lugar que ella pretendía ocupar.

    Foto: Especial
    Foto: Especial

    “...y de inmediato dispuso que se sentara a un lado su esposa, la secretaria del Ayuntamiento, el regidor Marco y a mí me dejó en la orilla. La violencia es su modus operandi, es su manera natural de conducirse”, recordó la regidora de Morena.

    La regidora Carolina Valadez evitó pronunciarse sobre la nueva sentencia porque aseguró que aún no es notificada, pero aseguró que se pronunciará una vez que tenga conocimiento pleno de la resolución.

    De acuerdo con información del Tribunal Electoral, deberá darse vista de la sentencia a la Fiscalía General del Estado para que determine lo que a derecho corresponda en el ejercicio de sus atribuciones.

    “Se manda copia certificada del expediente para que esta institución en el ámbito de sus atribuciones pueda determinar lo que en derecho corresponda, si ellos a su consideración, consideran que hay algo más que investigar, lo puedan hacer dentro de sus atribuciones legales”, dijo la magistrada Yari Zapata.

    La resolución aún no está firme, pues puede ser impugnada por las partes involucradas, pero en caso de quedar firme, en los tres días consecutivos deberán comenzar a cumplirse con los puntos establecidos en las sanciones.

    Alcalde sería el séptimo guanajuatense en el registro

    El Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género es una lista pública en la que aparecen todas las personas sancionadas por ejercer violencia política contra las mujeres en razón de género.

    Comenzó su vigencia en el proceso electoral de 2020.Este registro es administrado por el INE, incluye el nombre completo de la persona sancionada, su sexo, la función que ejerce (si es candidato, precandidato, funcionario o particular), ciudad, número de expediente o sentencia, conducta, sanción, permanencia en el registro y reincidencia.

    Foto: Especial
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    En el listado aparecen seis personas de Guanajuato, tres periodistas, una persona física con actividad empresarial, otra persona de la que no se detalla su ejercicio profesional y un síndico. Alejandro Navarro, alcalde de Guanajuato sería la séptima persona que quedaría fichada ante el INE por sanción condenatoria por violencia, esto sólo si queda firme la sentencia.

    El funcionario público que sí fue sancionado fue José Luis Montoya Vargas, síndico en Salamanca, a quien se le atribuye una sentencia por violencia de tipo sexual. Las otras personas sancionadas son: Alejandro Manuel Soto Látigo de León por violencia económica; Ana Lilia Macías Rodríguez de Guanajuato por violencia verbal simbólica; Eliazar Velázquez Benavídez de Xichú por violencia sexual simbólica; Enrique Gómez Orozco de Celaya por violencia simbólica y Roberto López también en Xichú por violencia sexual simbólica.

    En el listado se registra a las personas de acuerdo con el grado de la falta y la permanencia puede ser de los tres a los seis años. Un reincidente quedará anotado hasta por seis años, mientras que una falta leve sólo implica la inscripción por tres años.

    Foto: Especial
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    Son consideradas agravantes de violencia las faltas cometidas por servidores públicos, candidatos o profesionales de los medios de comunicación, además cuando las agresiones se cometen contra mujeres de grupos vulnerables como personas indígenas, afroamericanas, de la tercera edad, de la diversidad sexual o con discapacidad.

    29 de marzo de 2022, 16:27

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