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Policía de León oculta evidencia, aún así se documenta violación a derechos de manifestantes y periodistas
La policía de León actuó desastrosamente en la cobertura y represión de la marcha feminista del 22 de agosto, concluye PDHEG; sin embargo evita recomendar al alcalde que se había comprometido a tomar medidas drásticas
Sin un protocolo reglamentario; sin estrategia previa antes de desplegar operativo; violentando los derechos de menores a las que se detuvo y comparecieron ante una juez cívica que nunca llamó a padres o tutores e ignoró denuncias de abusos sexuales contra policías; con obstrucción y violaciones a la libertad de reunión, de libre expresión y del ejercicio periodístico en el caso de cuatro reporteras: así fue la actuación de mandos y elementos de la Secretaría de Seguridad Pública de León el 22 de agosto de 2020, al terminar una protesta feminista que paradójicamente surgió para denunciar abusos contra una joven por parte de preventivos en la caseta frente a la Plaza Expiatorio.
Estos son hechos que la Procuraduría de Derechos Humanos del estado investigó y corroboró, tras la queja presentada por varias de las mujeres detenidas esa noche cuando ya se dirigían a sus domicilios después de protestar contra la Policía leonesa, así como por las cuatro periodistas que lo presenciaron y documentaron, por lo que fueron obstruidas en esta labor por la propia Policía.
La resistencia de los funcionarios superiores del gobierno municipal y de mandos a cargo de intervenir en los hechos de ese día quedó de manifiesto en la investigación: negaron, se deslindaron, cayeron en contradicciones, presentaron informes con datos distintos, e incluso no entregaron algunos videos como los de las cámaras exteriores del CEPOL a donde fueron llevadas las jóvenes detenidas esa noche del 22 de agosto.
Pero todos fueron desmentidos por declaraciones de sus propios subalternos, datos de las boletas y videos de las comparecencias ante la juez cívica, y fundamentalmente por lo expuesto en las denuncias hechas por las propias víctimas, que también acudieron a la Contraloría Municipal, a la Comisión de Honor y justicia de la Policía y al Ministerio Público.
Estas tres últimas instancias aún no dan a conocer sus conclusiones.
“Respecto de los hechos que se desprenden de la queja, ni se afirman ni se niegan por no ser hechos propios…”
Esta es la frase más socorrida que aparece en los informes entregados por funcionarios como Benjamín Gallo Carrillo, Director General de Asuntos Jurídicos y Control de la Legalidad municipal, o Mario Alberto Rodríguez Mariscal, Subsecretario de Atención a la Comunidad (quien estaba como encargado del despacho por las vacaciones de Mario Bravo), así como Jorge Guillen Rico, Director General de Policía Municipal y hasta por Miguel Ángel López Pérez, Juez Cívico General.

Pero Rodríguez Mariscal y Jorge Guillén, ambos mandos de la Policía Municipal, estuvieron presentes en la Plaza Expiatorio esa noche y atestiguaron todo lo ocurrido.
Ambos estuvieron también presentes en una reunión encabezada por el alcalde Héctor López Santillana después de lo ocurrido, en la que éste se comprometió a investigar la actuación de sus colaboradores “tope donde tope” ante las cuatro periodistas agredidas, así como integrantes del Consejo de Protección de Personas Defensoras y Periodistas y del Subsecretario de Gobierno Alfonso Ruiz Chico.
Para el caso que le hicieron.
En la resolución del Expediente de queja 108/20-A de la PDHEG se concluye que fueron violentados los derechos a la libertad de reunión y de expresión; a la libertad y la seguridad personales; a la integridad personal y al derecho de las niñas, niños y adolescentes de 22 mujeres detenidas y cuatro periodistas -aunque no todas las primeras presentaron o continuaron con la queja- que acusaron represión y detenciones arbitrarias por los agentes de Seguridad Pública del Municipio.
La resolución firmada por el procurador Vicente Esqueda Méndez no va dirigida al alcalde Héctor López Santillana, sino a su subalterno Mario Bravo Arrona, Secretario de Seguridad Pública de León.
Extrañamente, esta resolución fue notificada por la PDHEG mediante correo electrónico enviado en los primeros minutos del sábado (0:22 horas). Además, se difundió públicamente mediante las redes sociales del organismo en mensajes publicados también en la madrugada, pero del domingo: a la 1:58 de la mañana del domingo 28, según la cuenta de Twitter @PDHEG.
La recomendación pide a Bravo Arrona que gire instrucciones para que se inicien o continúen procedimientos para deslindar responsabilidades administrativas por acciones u omisiones de todos los funcionarios que intervinieron en los hechos, en las detenciones y el traslado de las jóvenes.
Específicamente, debe incluir como sujetos de investigación a quienes estuvieron al mando del operativo: Juan Pedro González Pérez, Sandra Erika Hernández Calvillo, Paulin Ramiro Granados Aguirre, Jorge Guillen Rico, Director General de Policía Municipal y Mario Alberto Rodríguez Mariscal, Subsecretario de Atención a la Comunidad y encargado de la Secretaria de Seguridad Pública Municipal en el momento de los hechos.
Una vez desahogados los procesos, que se apliquen las sanciones que correspondan, “debiendo precisar cuál fue la participación de cada una de las personas sujetas a investigación, sus atribuciones, acciones u omisiones en las que incurrieron, precisando la participación de los elementos de la secretaria de seguridad publica en relación a la violación al derecho humano de libertad de expresión y manifestación pública, derecho a la libertad y seguridad personales, derecho a la integridad personal, así como derecho de las niñas, niños y adolescentes”.
Además, se recomienda al Juez Cívico general del Municipio, Miguel Ángel López Pérez, que inicie investigación a Marina Vázquez Piña -la juez administrativa que calificó las detenciones efectuadas esa noche-, para determinar su participación en las mismas violaciones a derechos humanos de las detenidas.
También se recomendó a Bravo Arrona garantizar la reparación integral del daño a todas las víctimas, la rehabilitación, así como la no repetición de esa actuación probadamente arbitraria de la Policía a su cargo.
La Procuraduría citó ampliamente el contenido de los videos tomados por las propias reporteras -algunas de las cuales hacían transmisiones en vivo por Facebook en esos momentos- en donde quedaron registradas las acciones de las agentes de la Policía Municipal para obstruir a unas, agredir físicamente a otra de ellas, y la persecución desatada contra mujeres a diestra y siniestra esa noche.
Protocolo “fantasma”, abusos reales

La marcha feminista de la tarde del 22 de agosto tenía un motivo central: una joven (Evelyn) había denunciado en redes sociales que fue abusada sexualmente después de haber salido de un bar y cuando esperaba a sus amigos, por parte de policías preventivos en el interior de la caseta ubicada frente al Templo Expiatorio, el 14 de agosto.
Ante la reacción de indignación por parte de decenas de mujeres que salieron esa tarde a las calles del centro, se desplegó un operativo por parte de la Secretaría de Seguridad de León con la participación mayoritaria de mujeres policías, con 62 de ellas en total.
Había terminado la marcha y las participantes se dispersaban desde la Plaza Expiatorio ya a sus domicilios u otros rumbos -algunas en automóviles o bicicletas - cuando se desató la persecución, en la que se alcanzó incluso a jóvenes que ni siquiera habían tomado parte de las protestas.
“…ahorcamientos, empujones, jalones de cabello, cachetadas, puñetazos en costillas y cara, así como rasguños; en tanto que, por lo que hace a las agresiones verbales y humillaciones detallaron que consistieron en palabras injuriosas tales como: ¡pinches viejas revoltosas huevonas!, ¡cálmate o te calmo a la chingada!,¡ya estás aquí, ahora te chingas!, ¡dame la otra o te la quebró! ¡cállate pendeja!, les cantaban vergas voladoras burlándose, ¡ahora si van a sentir lo que es la verga voladora!, ¡ustedes eran las pendejas que estaban haciendo su desmadre!, ¡rápido súbete pendeja!, ¡órale culera acuérdate de tu manifestación a ver ahí no te dolió, verdad pendeja!, le refirieron que las desnudarían y quitarían lo calzones, ¡pónganse a cantar para ver si muy feministas!, ¡No que son muy fuertes ahora salgan de esta!, te va a llevar la verga!”, fueron referencias explícitas de lo ocurrido hechas por las víctimas, al ratificar la queja que fue iniciada por oficio por la PDHEG.
Las contradicciones abundaron en informes y testimonios solicitados y desahogados por la PDHEG, además de omisiones graves como la “desaparición” de evidencia como los videos de esa noche en las cámaras en las instalaciones de Seguridad Pública a donde fueron llevadas las 22 mujeres detenidas.
El organismo solicitó en varias ocasiones las videograbaciones del exterior e interior de la Delegación Norte al momento del ingreso de las mujeres detenidas “obteniendo una respuesta negativa, al mencionar la imposibilidad de proporcionarlas en virtud de que al momento de la solicitud ya no contaban con dicho material”, según el oficio enviado por Benjamín Gallo Carrillo, Director General de Asuntos Jurídicos y Control de la Legalidad.
La actuación de la juez cívica Marina Vázquez Piña estuvo plagada de irregularidades: los videos de las audiencias corroboraron que no informó de todos sus derechos a las detenidas; soslayó las denuncias por abusos sexuales hechas por una menor, y a pesar de que hubo varias menores que fueron llevadas por los policías, no convocó o notificó a sus padres o tutores para que estuvieran presentes, como establece el artículo 45 del Reglamento de Policía y Vialidad para el municipio de León.
Otra contradicción quedó sustentada entre los informes policiales homologados que señalaban como autoridad que recibía a las detenidas al Ministerio público del fuero común, mientras que en las Boletas de control se asentó como autoridad a la juez Marina Vázquez.
El director de Operaciones Policiales Juan Pedro González Pérez dijo desconocer que habría una manifestación, pero en otra declaración afirmó que “el día 21 de agosto del 2020 compañeros de análisis de la dirección de policía, le informaron que por redes sociales se estaba convocando a mujeres agresivas para manifestarse, por lo que instruyó a Sandra Erika Hernández Calvillo para que se encargara del operativo”.
Sandra Erika Hernández Calvillo “señaló que por instrucciones de su comandante Juan Pedro González Pérez se hizo cargo de un operativo el día 22 veintidós de agosto del 2020 dos mil veinte en el Arco de la Calzada, en relación a la manifestación de mujeres, habiendo un aproximado de 30 elementos de seguridad mujeres”.
Paulin Ramiro Granados Aguirre “mencionó ser el encargado del grupo de proximidad social denominado “Delfín”, el cual consiste en tener un acercamiento con la ciudadanía, señalando que los miembros del grupo son recién egresados de la academia, y que el día 22 veintidós de agosto del 2020 dos mil veinte siendo aproximadamente las 16:00 horas escucho vía radio, que unas personas estaban dañando la caseta de policía que estaba ubicada en la plaza del Templo Expiatorio, y envió a su grupo a brindar apoyo”.
Los mandos y hasta la funcionaria del área de Comunicación social de la Secretaría de Seguridad Pública Gloria Bernal, presente en la plaza, declararon que las detenciones de las mujeres se dieron cuando todavía se desarrollaba la marcha de protesta, con lo que pretendían comprobar que habían sido capturadas “en flagrancia”.
Sin embargo, la PDHEG concluyó que las declaraciones de las quejosas y otras pruebas como las bitácoras de las unidades (patrullas) 716, 713, 822 y 717 y el informe del Director General del Centro de Cómputo, Comando, Comunicación y Control Ingeniero Víctor Eduardo Aguirre Zuñiga (quien proporcionó un DVD con videograbaciones de cámaras de vigilancia), acreditaron que la marcha terminó alrededor de las 20:30 horas y que, salvo una detención, todas las demás fueron hechas después de ese momento.
“Ha quedado también plenamente acreditado ante este organismo, que la autoridad responsable, no logró probar la forma en que presuntamente identificaron a las agraviadas, como aquéllas que realizaron las conductas que fueron catalogadas como faltas administrativas”, dice la resolución respecto a este punto.
Encima de todo, fue evidente la violación del derecho a la integridad de las mujeres detenidas hasta en la revisión médica que se les debió realizar al arribar a las instalaciones de la Delegación Norte. Las constancias de esos exámenes registran que cada uno duró un minuto, alguno fue de 28 segundos. Las copias de los informes carecen de la firma del médico Raúl Herrera Beltrán.
En lo que respecta a las periodistas, la PDHEG determinó que fueron vulneradas en su libertad de expresión y libre ejercicio periodístico “a través de acciones de servidores públicos de la Secretaría de seguridad pública del municipio de León, consistente en agresiones físicas y verbales, así como de omisiones, que se tradujeron en falta de garantías para el ejercicio de la labor periodística en un entorno seguro”.
Sobre el supuesto protocolo o la planeación del operativo, esto dice la resolución:
“Considerando las 13 declaraciones que anteceden y la falta de coordinación institucional entre las Direcciones Generales de Protección Civil, Tránsito y Policía, para garantizar el ejercicio del derecho a manifestarse, resulta probado que no se elaboró una planificación del operativo a desarrollar, ante el conocimiento de la realización de la manifestación pública, puesto que quienes participaron en el mismo, no tuvieron información suficiente del evento, y de las instrucciones señaladas, no se advierte acción alguna para garantizar el respeto al ejercicio del derecho a manifestarse”.
Fueron las y los agentes preventivos que declararon quienes confirmaron que se les convocó sin detallar ningún protocolo o las acciones a desarrollar en el despliegue o después de la protesta, por lo que se concluyó que la autoridad no probó que se haya seleccionado a los preventivos que participaron y mucho menos, que se les haya capacitado con una perspectiva de derechos humanos.
Peor aún, se demostró que no se hizo una evaluación de riesgo ni se proporcionó el equipo adecuado para atender una manifestación, “y mucho menos se justificó la portación de armas por parte del personal que intervino”, pues hubo agentes que llevaron gas lacrimógeno y armas largas, como se constató en las bitácoras de servicios.
“El encargado de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, el Director General de Policía Municipal, y, el Director de Operaciones Policiales, fueron omisos en vigilar la planificación e implementación de un protocolo para garantizar a la parte Quejosa, el ejercicio del derecho a manifestarse el día 22 veintidós de agosto de 2020 dos mil veinte, inobservando lo establecido en los artículos 79, 83 y 85 del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de León, Guanajuato, y demás disposiciones normativas aplicables”.
El protocolo para definir el uso de la fuerza pública para respetar, proteger y facilitar el derecho a la manifestación pública simplemente no se aplicó, porque no existe.
28 de febrero de 2021, 16:12
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