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12/14/2025
Vida privada de particulares, límite a medios

Vida privada de particulares, límite a medios

Una jueza local sentencia que ataques personales de empresario de televisión local Jorge Rodríguez en contra del activista Roberto Saucedo, constituyen un daño moral y ordena resarcimiento

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    Una jueza local ratificó los criterios de la libertad de expresión relacionados con la vida privada a través de una sentencia a favor del abogado José Roberto Saucedo Pimentel, en una demanda por daño moral en contra del empresario Jorge Antonio Rodríguez Medrano, propietario del canal Tv8.

    Rodríguez Medrano tiene antecedentes de agresiones públicas a través de su canal de televisión en contra de otras funcionarias públicas: Paloma Robles Lacayo, Iovana Rocha Cano y Rubí Suárez Araujo. La incitación al odio provocada por el empresario de medios, ocasionó en uno de los casos un ataque a pedradas por un desconocido, quien luego justificó la violencia con lo que había escuchado en el mensaje televisivo.

    Jorge Antonio Rodríguez Medrano. Fotos: especiales.
    Jorge Antonio Rodríguez Medrano. Fotos: especiales.

    En 2020, una demanda también por daño moral, fue presentada por el mismo empresario en contra Saucedo Pimentel y del periodista Arnoldo Cuellar Ornelas, pero ésta fue declarara improcedente por una jueza civil especializada en extinción de dominio, pues en este caso sí se comprobó el interés público de los temas.

    Dos años antes, en 2018 se dio a conocer que empresas de televisión por cable dejaron de pagar al Gobierno Municipal de Guanajuato más de cien millones de pesos por el uso de vía pública desde que comenzaron a operar. Una de ellas fue Telecom desde la cual transmite TV8, Jorge Antonio Rodríguez Medrano y cuya esposa fue regidora del ayuntamiento entre 2015 y 2018.

    Excesos y mentiras, acaban con sanciones

    En el caso de Roberto Saucedo, abogado y activista por la transparencia, el ataque mediático comenzó en 2017. Durante casi tres meses, en el canal local se comenzaron a publicar notas de descrédito y falsedad.

    Roberto estuvo casado de 2009 al 2011 y de esa relación tuvo dos hijos, después se divorció y justamente en 2017 empezó un litigio por la custodia de los niños. Una de las acusaciones falsas fue que él tenía antecedentes penales por sustracción de menores de edad, cuando sus hijos permanecían con él cuando concluyó la relación con su esposa, por orden de un juez.

    Roberto Saucedo.
    Roberto Saucedo.

    Estas supuestas situaciones fueron dadas a conocer en distintos programas en el noticiero de Jorge Antonio Rodríguez Medrano. En las transmisiones se hizo público también que él había sido acusado de violencia familiar y que estaba en tratamiento psiquiátrico por un supuesto trastorno de bipolaridad. Nada de esto era cierto.

    Los expedientes del litigio que Roberto sostenía con su entonces esposa fueron exhibidos en televisión junto con otros elementos, como recetas médicas y otros datos personales, protegidos por la ley en la materia.

    “En las últimas publicaciones en mi contra, exhibió los expedientes y una receta médica de un medicamento controlado que yo tomé en 2010 para la depresión y la ansiedad… nadie tiene derecho a exhibir qué enfermedad y qué tratamiento estás recibiendo”, explicó el abogado.

    Por todos estos hechos a finales de 2020 Roberto presentó una demanda por daño moral, la cual fue resuelta a favor el pasado viernes por la jueza local, Lorena Dolores Villaseñor Garay; con esto se ratificaron los criterios relacionados con la protección a la vida privada y el derecho a informar.

    “¿Por qué son relevantes las sentencias? Porque es contra un periodista, contra un empresario de medios de comunicación y abona que reafirma que el derecho a informar y el derecho a la libertad de expresión es un derecho humano consagrado en la Constitución y en tratados internacionales, pero que no es absoluto, que tiene límites y los límites son precisamente el ataque a la vida privada de las personas”, cuando ésta no es un asunto de interés público por tratarse de particulares, que no son servidores o personajes públicos.

    “La información periodística tiene que ser de interés público, no aspectos privados, salvo que el titular de esa información los consienta, por ejemplo los artistas, ellos venden a veces su vida privada o permiten que la opinión pública la conozca, pero es porque ellos así lo piden o así lo quieren, pero un ciudadano común no tiene que ser afectado en su vida privada”, explicó.

    La jueza condenó a Jorge Antonio Rodríguez Medrano a resarcir el daño moral comentido en contra del abogado Roberto Saucedo, por lo que deberá publicar seis veces, el mismo número de notas que publicó para desprestigiar al abogado en el canal de televisión y en la redes sociales de TV8. También deberá difundirse en un periodico de amplia circulación y en su espacio noticioso. Concretamente se dispone que debe publicarse un extracto de la sentencia en la que se haga referencia a las conductas estimadas ilícitas por la juez. Además se le vincula a pagar 100 mil pesos por el daño moral.

    Incitación al odio, operación sistemática de Medrano

    Cuando fue regidora, durante la administración municipal 2015-2018, Iovana Rocha Cano sufrió un ataque a pedradas de un ciudadano común. Presentó una denuncia ante el Ministerio Público, el hombre fue detenido y resultó que la agresión tenía que ver con lo que la persona había escuchado en los noticieros de Jorge Medrano.

    “Cuando se presentó (el agresor) una vez que fue detenido, él señaló que lo único que hizo fue repetir lo que él escuchaba en la televisión, entonces vamos a darnos cuenta que claro que sus mensajes de odio y la invasión a la vida personal, en más de una ocasión sus notas eran mi vida personal, por supuesto plagada de mentiras y de señalamientos desde su perspectiva”, refrendó en su testimonio la ex funcionaria.

    Iovanna Rocha.
    Iovanna Rocha.

    Ella no es la única que sufrió estos embates mediáticos, siendo directora del Museo de las Momias y actualmente como regidora de Morena, Paloma Robles Lacayo también ha sido víctima de las agresiones de Medrano, así como Rubí Suárez Araujo, activista de la comunidad LGBTIQ+ y en algún momento también regidora del Ayuntamiento.

    Todas ellas coinciden en el mecanismo sistemático al que ha acudido el empresario Jorge Medrano de forma repetida para violentar a través de ataques personales a funcionarios públicos o a cualquier persona, motivado aparentemente por intereses económicos.

    “Lo que está ocurriendo hoy con Roberto sienta un precedente importante. Siempre seremos conscientes de que en el servicio público seremos sujetas a observación, a cuestionamiento, pero el gran problema de su medio de comunicación es que ataca de manera frontal, irresponsable y deliberada a las personas”, sostuvo Rocha Cano.

    Dijo que en su ejercicio como regidora fue calificada con adjetivos ofensivos, aunque había procedimientos en proceso, que apenas hace un año le dieron la absolución en la vía civil, penal y administrativa.

    Iovana pudo recabar al menos 300 notas en el espacio televisivo de Jorge Medrano en el que se hacían señalamientos en su contra, muchas de ellas relacionadas con su vida personal y que no eran verdaderas.

    Paloma Robles.
    Paloma Robles.

    Para Paloma Robles, los ataques desde el espacio de noticias de TV8 siguen por su oposición a la construcción del Nuevo Museo de las Momias y la movilización que se ha generado en torno al tema.

    Pero desde antes, cuando fue directora del mismo museo, sufrió también el desprestigio mediático orquestado por el empresario local, aparentemente con la intención de promover la destitución de la función de Robles Lacayo en aquel momento.

    “El ataque se volvió sistemático, diarios, al grado en el que incluso amenazó a mi hija que a la fecha es menor de edad y luego de hecho por esa razón y por las tensas relaciones con la Comisión de Momias existente en ese momento, el Observatorio Ciudadano de Guanajuato me reconoció como la servidora pública más violentada”.

    “Los ataques, cuando se termina esa administración, dejaron de existir hasta que tengo una participación en la resistencia a la construcción de la plaza comercial con momias y esos ataques se acentuaron durante la promoción del plebiscito y ahora durante el plantón y no solo han sido en mi contra, se han extendido a los miembros del movimiento, a los cuales ha llamado mafiosos, mugrosos, drogueros”, lamentó.

    A la activista Rubí Araujo, la información promovida por el empresario en su canal de televisión cuando ella fue regidora le generó miedo por su integridad física y la de su familia. Rubí temía incluso salir a la calle.

    Las agresiones contra ella fueron relacionadas con su identidad de género y se reflejaron en mensajes de odio que recibió a través de redes sociales y otros medios.

    “Sufrí violencia por parte de este señor, una violencia que tuvo un término no muy favorable después de que lo demandé, el Ministerio Público determinó que era libertad de expresión cuando él me estaba dañando psicológica y emocionalmente. Me llama en el noticiero de una manera masculina y que se refería a mí en diferentes ocasiones con término de varón”.

    “Había comentarios en redes sociales que incitaban al odio, que incitaban a que las personas me agredieran en redes sociales, en la calle, había un momento en que yo temía por mi integridad física, por la integridad de mi familia porque había muchos comentarios”, reafirmó Rubí.

    Rubí Araujo.
    Rubí Araujo.

    Advierte activista necesidad de criterios de ponderación

    El activista por la libertad de expresión Raymundo Sandoval Bautista advirtió sobre la necesidad de que se establezcan criterios de ponderación, relacionados por un lado con la libertad de expresión y sus límites considerados en la ley como el honor y la honra, la salud pública y la seguridad nacional.

    “Lo que tiene que establecerse es un criterio de ponderación al momento de recibir las demandas que pueden ser ociosas… lo que dice Roberto es cierto, por el lado del daño moral se tiene que confirmar que al momento de que una persona, un periodista daña el honor y la honra que es una coalición entres dos derechos, se tiene que verificar la malicia efectiva que esto está comprobado por la Suprema Corte de Justicia, está incorporado en los principio de la libertad de expresión y un elemento que está presente es la protección dual”, explicó.

    Recordó que en Guanajuato, gracias a la presión del Colectivo por la Libertad de Expresión en Guanajuato se derogó el delito de difamación y calumnias, por el que varios periodistas enfrentaron procesos penales. La solicitud de modificación al Código Penal federal se había realizado desde 2014.

    Raymundo Sandoval incluso recordó que el sacerdote Pedro Gutiérrez, director de la Ciudad de los Niños en Salamanca, recurrió a una demanda de este tipo y denunció penalmente a quien resultara responsable por la difusión de información sobre la situación de aquel lugar en donde se cometieron abusos en contra de la niñez.

    Dijo que después de esta modificación, ahora es necesario que se establezcan legalmente los criterios de ponderación que tienen que hacer los tribunales al momento de admitir una demanda por daño moral. Incluso señaló el caso del periodista Sergio Aguayo, quien también alertó sobre esta necesidad, con base en el litigio que ha sostenido con un funcionario público.

    “Tiene que estar establecido en la ley, hay elementos suficientes para hacer una evaluación por los casos que se han resuelto”.

    Por criterios similares, Jorge Medrano perdió un proceso legal en el Juzgado Primero Civil Especializado en Extinción de Dominio. En él había acusado por daño moral al mismo Roberto Saucedo y al periodista Arnoldo Cuellar Ornelas; en ambos casos se habían emitido críticas sobre contratos otorgados a la televisora.

    La jueza de aquel caso, Circe León López, determinó que la publicación de notas y opiniones emitidas a través de medios de comunicación si eran de interés público y no estuvieron relacionadas con la vida privada del empresario. Este fue el primer caso de daño moral resuelto en juzgados locales, después de la derogación del delito de difamación por parte del Congreso local.

    Jorge Medrano transmite su programación en TV8, canal de la empresa Telecom, la cual acumula un adeudo de 85 millones de pesos con el municipio por el uso de la vía pública desde que comenzó sus operaciones en la ciudad.

    La esposa del empresario fue regidora del ayuntamiento y en la misma administración sus dos hijos ocuparon cargos administrativos y recibieron contratos por servicios publicitarios.

    22 de junio de 2022, 13:03

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